
En nuestro país, la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, art. 179° garantiza que toda madre trabajadora disponga de dos descansos de media hora para amamantar a su hijo en el transcurso de la jornada de trabajo, al menos durante todo el primer año de vida del niño. Si el bebé no está cerca, ella podrá sumar esos descansos y trabajar una hora menos por día durante el período indicado.
Asimismo, por la Ley 26.873 de Promoción de la Lactancia Materna el Estado nacional promueve la generación de “Espacios Amigos de la Lactancia” en los ámbitos de trabajo, un lugar higiénico y privado para que la mujer pueda extraerse leche y refrigerarla.
La Lactancia Materna es el método preferido de nutrición para los bebés.
#SemanadelaLactanciaMaterna
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